Código de Conducta - Miembros de Blooming Boulevards
Blooming Boulevards es una organización comunitaria voluntaria cuya misión es:
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Proporcionar a los polinizadores nativos alimentos y hábitats vinculados durante todo el año para apoyar el crecimiento de la población y la diversidad de especies.
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Conservar la resiliencia de las especies de plantas nativas locales fomentando la diversidad genética.
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Construir una red cohesiva de jardines de bulevares, creando un corredor para los polinizadores, promoviendo el bienestar humano y ambiental y fomentando el orgullo cívico.
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Educar y ayudar a grupos locales y residentes del vecindario en la planificación, instalación, mantenimiento y promoción de los jardines.
La participación en los programas de la organización está sujeta a la observancia de las reglas y procedimientos de la organización. Cualquier participante o miembro del personal que viole este Código está sujeto a medidas disciplinarias, que pueden incluir la remoción de la organización.
Todos los miembros de la Organización:
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Adherirse al Código de Derechos Humanos de Ontario enmendado
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Tratar a los demás con respeto, cortesía, honestidad y justicia, y tener la debida consideración por sus intereses, derechos, seguridad y bienestar
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Respetar la confidencialidad de la información recibida en el transcurso de las reuniones y actividades
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Dar reconocimiento a otros que contribuyen al éxito del grupo y sus actividades
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Tratar a los compañeros con respeto y escuchar sus puntos de vista
Ningún Miembro de la Organización podrá:
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Participar en lenguaje abusivo hacia otro voluntario o miembro del público en general.
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Ser descortés o grosero con un compañero, voluntario o miembro del público.
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Acoso verbal, físico o visual a un compañero, voluntario o miembro del público.
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Amenazar o cometer un acto de violencia hacia cualquier individuo o grupo.
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Participar en una conducta que pueda poner en peligro la vida, la seguridad, la salud o el bienestar de los demás.
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Intimidar o aprovecharse injustamente de cualquier miembro de la Asociación.
Código de conducta - Board
La junta directiva está comprometida con el trabajo en equipo y la toma de decisiones efectivas. Con este fin, los miembros de la junta:•
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Esforzarse por representar los intereses más amplios de los miembros o las partes interesadas•
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Busque equilibrar su contribución como asesor y como alumno. •
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Sea honesto con los demás y fiel consigo mismo•
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Abstenerse de tratar de influir en otros miembros de la junta fuera de las reuniones de la junta que puedan tener el efecto de crear facciones y limitar la discusión libre y abierta.•
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Esté dispuesto a ser una voz disidente, esfuércese por construir sobre las ideas de otros directores, ofrezca puntos de vista alternativos como opciones a considerar e invite a otros a hacerlo también.•
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En temas importantes, sea equilibrado en su esfuerzo por entender a otros miembros de la junta y hacerse entender.•
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Una vez que se toma una decisión de la junta, apoye la decisión incluso si la opinión propia es minoritaria. •
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No revelar ni discutir diferencias de opinión en la junta con aquellos que no están en la junta. La junta debe comunicarse externamente con “una sola voz”.•
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Respetar la confidencialidad de la información sobre temas sensibles, especialmente en materia de personal.•
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Ser un defensor de la organización y su misión donde y cuando surja la oportunidad en sus propias redes personales y profesionales•
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Revelar la participación de uno con otras organizaciones, empresas o personas en las que dicha relación pueda verse como un conflicto de intereses (consulte la Política de conflicto de intereses).
RESOLUCIÓN DE QUEJAS
El presidente (o el director debidamente designado a cargo de atender las quejas) es el responsable último de garantizar que los conflictos que involucran a los miembros se resuelvan de manera satisfactoria.
Tiene el deber de informar al directorio de cualquier conflicto que afecte la capacidad de funcionamiento de la organización o que pueda dañar su reputación. Los conflictos deben abordarse lo antes posible, ya que los conflictos no resueltos pueden generar un entorno estresante. En caso de que alguna persona o grupo tenga una queja sobre las acciones de otra persona, se aplicarán las siguientes pautas.
1.Comunicarse directamente con la persona o personas cuya actuación es motivo de la denuncia. Las personas deberían esperar razonablemente saber si su comportamiento o su decisión es un problema para otra persona o grupo.
2. Si las circunstancias son tales que la persona que presenta la queja no puede o no quiere comunicarse directamente con la persona o personas cuyas acciones son motivo de su queja, ya sea por temor a que salga mal o a represalias, la ayuda de uno se debe buscar otra persona de confianza en la organización.
3.El director ejecutivo resolverá las quejas y conflictos que no puedan ser resueltos por los directamente involucrados o su supervisor.
4. En circunstancias en que sea la actuación del director ejecutivo la causa del conflicto, el Directorio podrá atender la queja.2
5. La comunicación de la queja o conflicto se hará previamente de forma verbal al denunciado o supervisor. Si esto no conduce a una resolución satisfactoria para el reclamante, la naturaleza de la queja debe ser comunicada por escrito. Si esto no da como resultado una resolución, la queja por escrito debe enviarse al director ejecutivo.
6. Los terceros, aceptables para todos los involucrados, pueden ayudar a resolver el conflicto en a
(1) rol de facilitación o mediación donde el objetivo es ayudar a las partes a restablecer una relación de trabajo positiva en el futuro, o
(2) una función de toma de decisiones/arbitraje en la que investigan lo sucedido y determinan quién es responsable de la situación y cuáles deben ser las consecuencias para las partes. La elección de estos dos enfoques debe ofrecerse a las partes. Si un enfoque mediado no logra resolver el asunto, se puede emprender un enfoque arbitrado.
7. Las partes se abstendrán de atraer a otras personas que no estén directamente involucradas en el proceso como una forma de obtener apoyo o llamar la atención. Dichas acciones incluyen "copiar" la queja escrita por correo electrónico a otros.
8. Las reclamaciones y conflictos se tratarán de forma confidencial. Las reuniones para resolver una queja estarán abiertas solo para las partes y aquellos que intentan resolver la queja. Las partes pueden tener un abogado o partidario presente. Las reuniones pueden ser con las diferentes partes individualmente, juntas o ambas. En aras de la transparencia, no se registrarán actas ni registros escritos de lo que se diga en estas reuniones, aunque, si las partes están de acuerdo, se podrá documentar el resultado de las reuniones o el acuerdo resultante.3
9. Cuando la junta esté involucrada en una función de resolución de conflictos, la comunicación con ella debe ser directamente con el presidente, no con toda la junta. Es deber del presidente informar a toda la junta de la existencia del conflicto, pero la junta puede designar a uno de ellos o a una parte imparcial para ayudar a resolver el asunto.
10. Las partes, y quienes ayuden a resolver el conflicto, deben evitar comunicar los detalles de una queja, hacer o responder a alegaciones o dar consejos por correo electrónico. Cara a cara
se debe confiar en la comunicación, por difícil que sea. Los mensajes de correo electrónico se pueden utilizar para organizar reuniones o comunicar detalles del proceso de resolución.
11. El Director Ejecutivo o el Presidente de la Junta tienen la obligación de actuar de inmediato al abordar una queja si se percibe que la salud y la seguridad física y mental de cualquiera de las partes está en riesgo._cc781905-5cde-3194-bb3b- 136malo5cf58d_
12. Si se hacen amenazas a las personas, o el Director Ejecutivo o el Presidente de la Junta perciben un posible peligro para una de las partes o para otros empleados, incluida la posibilidad de que una de las partes sea un peligro para ellos mismos, se debe buscar ayuda profesional externa de inmediato_cc781905- 5cde-3194-bb3b-136bad5cf58d_